Código Deportivo Internacional
CÓDIGO DEPORTIVO INTERNACIONAL 2022
Preámbulo
Se recuerda que los textos de la Convención de la Concordia de 1998 contienen ciertas modificaciones al Código Deportivo Internacional aplicables únicamente al Campeonato del Mundo de Fórmula Uno de la FIA. Estas modificaciones no pueden incluirse en los textos que siguen, y se precisa que la Convención de la Concordia de 1998 dará fe en caso de existir diferencias con el presente Código.
ANEXO A DEL CÓDIGO DEPORTIVO INTERNACIONAL
Reglamento Antidopaje de la FIA
La Federación Internacional del Automóvil (en adelante, la «FIA») ha adherido al Código Mundial Antidopaje (en adelante, el «Código») de la Agencia Mundial Antidopaje (en adelante, la «AMA») el 1 de diciembre de 2010.
Los principios y las disposiciones obligatorias del Código han sido incorporados en el Reglamento Antidopaje de la FIA (en adelante, «Reglamento »).
Este Reglamento apunta a proteger el derecho fundamental de los deportistas de participar en actividades deportivas exentas de dopaje, a promover la salud y a garantizar a los deportistas la equidad, la seguridad y la igualdad en el automovilismo.
ANEXO H AL CÓDIGO DEPORTIVO INTERNACIONAL
Recomendaciones relativas a la vigilancia de la pista y a los servicios de intervención
El presente Anexo define los objetivos de la vigilancia de la pista y de los servicios de intervención, indicando,al mismo tiempo, los medios para alcanzar dichos objetivos, en las diferentes disciplinas del automovilismo a las que se refiere el Código Deportivo Internacional.
La vigilancia de la pista está destinada a garantizar las condiciones de seguridad durante el desarrollo de una prueba a través de la observación, la señalización y la intervención. Los servicios de socorro prestarán una.
ANEXO L AL CÓDIGO DEPORTIVO INTERNACIONAL
LICENCIAS INTERNACIONALES FIA PARA PILOTOS
La expedición de todas las Licencias internacionales para Pilotos de la FIA está regulada por el reglamento del Código Deportivo Internacional y, en particular, por sus Artículos 45, 47 y 70, y por el Capítulo VIII de dicho Código. Este capítulo del Anexo L especifica las categorías, las exigencias de cualificación y la validez de las licencias para las carreras en circuito y en carretera, para las pruebas de vehículos históricos, de dragsters, para los pilotos minusválidos y para los navegantes. El término «campeonato», tal y como se utiliza en este capítulo, se refiere también a los trofeos, copas y challenges.
ANEXO O AL CÓDIGO DEPORTIVO INTERNACIONAL
Procedimiento para la Homologación de los Circuitos de Carreras de Automóviles
Este Anexo, redactado por la Comisión de Circuitos de la FIA, servirá como referencia a los inspectores FIA de los recorridos automovilísticos para decidir si las pruebas que se celebran en los recorridos en cuestión pueden incluirse en el Calendario Deportivo Internacional de la FIA. Podrá ser utilizado como guía inicial para los diseñadores y operadores de recorridos.
Los requisitos específicos para un recorrido establecidos por los inspectores FIA se basarán en el estudio de los diseños del circuito realizado por la FIA y en la adaptación de las recomendaciones encada caso particular.
Anexo J: Clasificaciones, definiciones y especificaciones de los autos.
Generalidades
Vehículos de Producción en Serie (Categoría I): Vehículos de los que se ha comprobado, a instancias del constructor, la fabricación en serie de cierto número de ejemplares idénticos (ver definición de esta palabra más adelante) en cierto período de tiempo, y que están destinados a la venta normal al público (ver esta expresión). Los vehículos deberán venderse de conformidad con la ficha de homologación